Artículo 51. Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda.
El 11 de marzo del presente año, se llevó a cabo la izada de bandera semanal, cuyo tema central fueron los artículos 47 al 51 de la Constitución Política de Colombia, y las funciones del representante de grado, a la luz del manual de convivencia. El acto fue realizado por estudiantes del grado 6°, coordinados por el docente Alfredo Mejía Valencia.
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domingo, 13 de marzo de 2016
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» ARTÍCULO 51 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA: IZADA DE BANDERA EN LA I.E. EL ÁGUILA
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